Si te mueves mucho en coche por Madrid o te gustaría hacerlo, seguro que ya te has encontrado con el inconveniente de pasar por una ZBE, una Zona de Bajas Emisiones. También es muy probable que hayas tenido dudas acerca de si puedes acceder a estos lugares sin recibir una sanción o no. Pues hoy te traemos la guía definitiva para que siempre tengas claro qué puedes hacer y qué no si no quieres recibir en tu domicilio una multa.
Madrid Zona de Bajas Emisiones: qué es
Las ZBE son herramientas para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Directivas sobre la calidad del aire ambiente en los entornos urbanos y son importantes para impulsar un cambio en el modelo de movilidad. Su implantación permitirá alcanzar, entre otros, los siguientes objetivos:
- Mejorar la calidad del aire y la salud de los ciudadanos, al reducirse las emisiones de contaminantes atmosféricos, principalmente óxidos de nitrógeno, así como el ruido generado por los vehículos.
- Contribuir a la mitigación del cambio climático, al disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero.
- Reducir el consumo de combustibles fósiles, al impulsar la electrificación de los modos de transporte.
- Mejorar calidad de vida urbana, al promover una movilidad más sostenible y aumentar el número de vías peatonales y zonas verdes.
La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética obligó a los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares a adoptar Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) que incluían, entre otros aspectos, Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) antes de 2023.
También tuvieron que elaborar PMUS y ZBE los municipios de más de 20.000 habitantes cuando superaran los valores límite de los contaminantes regulados en la normativa (Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire).
Así que no, no solo es en Madrid donde las ZBE están afectando a los conductores.
Qué coches pueden circular por la M-30
Todos los coches pueden, actualmente, circular por la M-30 menos un tipo, los que no tienen etiqueta porque son tan antiguos que ni siquiera tienen derecho a acceder a ningún distintivo. Eso sí, que no puedan acceder a la M-30 no significa que no puedan acceder a las ZBE, cosa que sí pueden siempre y cuando se cumplan unos requisitos.
Qué coches pueden circular por la M-40
Al igual que sucede en la M-30, todos los coches pueden circular sin restricciones salvo los de etiqueta A, que ya hemos explicado previamente que se trata de los vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000 y coches diésel anteriores al año 2006. Estos coches no tienen ninguna etiqueta porque no les corresponde por antigüedad, por lo que son fácilmente reconocibles.
De este modo, estos vehículos no podrán acceder a Madrid, pero sí que podrían circular, ya que esta carretera pertenece a la Red Nacional de Carreteras y, por tanto, no tiene restricciones de circulación hasta este momento, aunque no se descarta que las haya en algún momento.
Etiquetas de la DGT que no pueden circular por Madrid
Del mismo modo, los vehículos sin etiqueta (A) no podrán circular por las ZBE, sin embargo, existen excepciones:
La etiqueta A (coches de gasolina matriculados antes del año 2000 y coches diésel anteriores al año 2006) tiene prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid. Sólo podrás entrar en Distrito Centro o Plaza Elíptica si cumples estas condiciones:
- Eres residente de estas zonas y tu vehículo es de tu propiedad con anterioridad al 24 de octubre de 2018 y está domiciliado en la ciudad de Madrid antes del 1 de enero de 2022.
- Seas una empresa o un autónomo y ejerzas tu actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro y Plaza Elíptica.
- Esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
Cómo saber si mi coche puede entrar en ZBE Madrid
Puedes acceder a las Zonas de Bajas Emisiones si tu vehículo tiene las etiquetas C, ECO o 0 en condiciones generales. Sin embargo, en esto también existen excepciones, ya que todo dependerá de si eres residente del Distrito Centro o Plaza Elíptica.
- Eres residente de estas zonas y tu vehículo es de tu propiedad con anterioridad al 24 de octubre de 2018 y está domiciliado en la ciudad de Madrid antes del 1 de enero de 2022.
- Seas una empresa o un autónomo y ejerzas tu actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro y Plaza Elíptica.
- Esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
Pero si quieres asegurarte también puedes entrar en esta web, introducir tu matrícula y ver en qué zonas puedes moverte con total tranquilidad.
Tipos de etiquetas
Las etiquetas adhesivas son de colores y depende de la clasificación de tu vehículo recibirás una pegatina de color azul, verde o amarillo. Hay de varios tipos y harán que se identifiquen a los coches prohibidos en las carreteras.
- 0 emisiones. Vehículos eléctricos, híbridos enchufables con autonomía eléctrica de más de 40 km y vehículos de pila de combustible. Color azul.
- ECO. Híbridos enchufables con autonomía en modo eléctrico de menos de 40 km, híbridos no enchufables y vehículos propulsados por gas natural o gas licuado del petróleo. Color azul y verde.
- C. Vehículos de gasolina matriculados a partir de enero de 2006, o de gasóleo a partir de 2014. Color verde.
- B. Vehículos de gasolina matriculados a partir del año 2000, o de gasóleo a partir del año 2006. Color amarillo.
¿Cómo y dónde conseguir tu etiqueta?
En caso de que tengas un vehículo que cumpla con la normativa y pueda circular por la M-30 y la M-40, pero no tengas la etiqueta que distingue a tu coche, aquí te explicamos cómo conseguirla. Ya sea que no la llegaras a solicitar, las hayas perdido o se te haya estropeado, los pasos a seguir son los mismos.
Puedes pedirla en las oficinas de Correos, pero para ello deberás acercarte y presentar el permiso de circulación, tu DNI. Además, tendrás que pagar 5 euros, ya que la época en la que eran gratis ya acabó. La conseguirás en el momento.
Si no quieres acudir a Correos también puedes solicitarla online, en la página web de la DGT ha habilitado para ello: www.pegatinas-dgt.com
Además, puedes conseguirla en la página web de GANVAM y en muchos talleres de automóviles. Ten en cuenta que sin esta etiqueta podrían multarte como si fuera un vehículo prohibido.