¿Vives en Alcorcón? Pues quédate y lee hasta el final porque te traemos buenas noticias sobre el Cheque Hogar. Y es que si resides en ese municipio madrileño ahora puedes solicitar una ayuda para pagar los gastos de tu vivienda en relación a facturas e impuestos. Puedes conseguir hasta 600 euros para estos gastos tras aprobar esta medida el Ayuntamiento de Alcorcón. Ya se ha abierto la convocatoria, así que no tardes en realizar los trámites antes de que se te olvide y cierren la convocatoria el 5 de julio.
Qué es el Cheque Hogar de Alcorcón
Gastos como el IBI, el gas y la luz de la vivienda habitual, dirigidas a residentes del municipio con escaso nivel de renta. De este modo, el Ayuntamiento quiere ayudar a sus residentes haciendo efectivo el compromiso de abordar las políticas sociales desde la equidad y la justicia social, tal y como afirmaron en su discurso. Este año el importe máximo de las ayudas por vivienda que pueden recibir las familias será de 600 euros, y corresponderá al justificado mediante facturas de suministros de agua, gas o luz (del periodo comprendido entre 1 mayo 2023 y el 30 de abril de 2024), o IBI (año 2023).
Requisitos para pedir el Cheque Hogar de Alcorcón
Para acceder a las ayudas del Cheque Hogar, las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
- Estar empadronadas en el municipio de Alcorcón con anterioridad al 1 de enero de 2024.
- No ser titulares catastrales en el momento de la valoración de la solicitud, de derechos de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa de cualquier tipo de inmuebles de uso residencial (vivienda) o fincas dentro o fuera territorio español, por valor catastral superior a 166.056,02€.
- Que la renta Per Cápita de la familia no sea superior a 21.000€, (equivalente a 2,5 veces el IPREM anual de 14 pagas).
- Que la persona solicitante se halle al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Alcorcón antes de que finalice el periodo de subsanaciones. Si aparece excluido en los listados provisionales por alguno de estos motivos, deberá presentar el justificante de la subsanación.
- Que la persona solicitante no esté incursa en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS y la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcorcón.
- Los conceptos subvencionables incluidos en esta convocatoria son el recibo del IBI año 2023 así como gastos de suministros del periodo comprendido entre 1 mayo 2023 y el 30 de abril de 2024. En ambos casos el solicitante de la ayuda deberá ser el titular del recibo del IBI 2023 o de las facturas presentadas de los suministros del domicilio donde esté empadronado.
Cómo pedir la ayuda de 600 euros de Alcorcón
Las solicitudes junto con su documentación adjunta, se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón y en cualquiera de los lugares determinados por artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Publicas.
El plazo de presentación de las solicitudes es de 20 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (del 10 de junio al 5 de julio de 2024 ambos incluidos).
Para solicitar esta ayuda se deberá presentar la siguiente documentación a presentar para solicitar el Cheque Hogar:
- Solicitud firmada conforme el modelo que se facilitará en el Ayuntamiento o bien a través de la página Web municipal. Pinchando aquí lo encontrarás.
- Fotocopia del D.N.I. del solicitante (N.I.E. en caso de extranjeros) y de todos los mayores de 18 años (en el momento de la presentación de la solicitud) de la unidad familiar.
- Justificante bancario de la titularidad de la cuenta en la que se desee que se abone la ayuda. La persona titular de la cuenta debe coincidir con la solicitante de la ayuda.
- En el caso de Persona con discapacidad, resolución de dictamen técnico acreditativo o tarjeta acreditativa de grado de discapacidad igual o superior al 33% (si es mayor de edad puede autorizar consulta).
- En el caso de Persona dependiente, resolución de reconocimiento de la situación de dependencia emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente (puede autorizar consulta).
- En caso de hallarse en situación de desempleo, deberá aportar documento actual acreditativo de la situación legal de desempleo, en el que conste antigüedad (si es mayor de edad puede autorizar consulta).
- Acreditación de la situación de víctima de violencia de género mediante denuncia, sentencia o informe de organismo oficial.
- Facturas originales o copias de suministro de agua, gas o luz del periodo comprendido entre 1 mayo 2023 y el 30 de abril de 2024. Las facturas deben ir a nombre de la persona solicitante de la ayuda. Las facturas deberán referirse al suministro en la vivienda en la que la persona solicitante esté empadronada.
- Justificantes bancarios del pago de las facturas.
- Recibo del IBI del año 2023, que debe ir a nombre de la persona solicitante de la ayuda y corresponder a la vivienda en la que la persona solicitante esté empadronada (puede autorizar consulta).